💄 Importador paralelo de cosméticos: cómo acogerse a una NSO existente en Ecuador

En el sector cosmético, la Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) es la llave que permite comercializar legalmente un producto en los países miembros de la Comunidad Andina (CAN). Sin embargo, existe una figura especial que facilita la importación y venta de productos ya registrados: el importador paralelo.

En este artículo te explicamos qué significa ser importador paralelo, qué requisitos exige la normativa andina y cómo presentar tu solicitud ante la ARCSA en Ecuador.

🔍 ¿Qué es un importador paralelo?

Según el Reglamento de la Decisión 833 (Resolución 2108 de la Secretaría General de la CAN), un importador paralelo es una persona natural o jurídica que se acoge a una NSO existente para importar y comercializar un producto cosmético en un país miembro (Ecuador, Colombia, Perú o Bolivia).

👉 En palabras simples, el importador paralelo no crea una nueva NSO, sino que utiliza una ya aprobada por el titular original del producto.

Eso sí, el importador debe tener domicilio legal en el país donde comercializa el producto y cumplir con todos los requisitos técnicos, de calidad y etiquetado vigentes.

📑 Base legal

La figura del importador paralelo está respaldada por los siguientes instrumentos normativos:

  • Decisión 833 de la Comunidad Andina: establece el marco general para la armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos.
  • Resolución 2108 de 2019: reglamenta la Decisión 833 e incluye el procedimiento para acogerse a una NSO existente (Artículos 3.1 y 11).
  • Instructivo FNSOC-004 y FNSOC-005: formatos oficiales para solicitar el acogimiento a una NSO existente.
  • ARCSA como Autoridad Nacional Competente en Ecuador, aplica este procedimiento y verifica el cumplimiento de las normas.

🧾 Documentos requeridos

Para acogerse a una NSO existente y operar como importador paralelo, la empresa debe presentar ante ARCSA la siguiente documentación (según el artículo 11 de la Resolución 2108):

  1. Documento que acredite la representación legal o la condición de apoderado (nombramiento del gerente general si es empresa y el RUC si es persona natural).
  2. Etiqueta o rotulado con los datos del importador paralelo.
  3. Carta poder de Autorización del fabricante apostillada o consularizada (ver o generar carta aquí).
  4. Declaración jurada (ver documento aquí)

🧠 Importante: responsabilidad compartida

Aunque el importador paralelo no es el titular de la NSO, asume la responsabilidad sanitaria sobre el producto que introduce en el país.
Esto incluye garantizar la conservación, almacenamiento, trazabilidad y retiro del mercado si fuese necesario.

La ARCSA realiza controles periódicos y puede revocar el acogimiento a una NSO si detecta incumplimientos en calidad, etiquetado o documentación.

⚙️ Proceso resumido paso a paso

  1. Identificar la NSO vigente del producto cosmético a importar (descarga la base de datos aquí).
  2. Verificar que el producto coincida totalmente con el registrado (composición, fabricante, marca, envase).
  3. Preparar la documentación según los requisitos anteriores.
  4. Presentar la solicitud ante ARCSA a través del sistema transitorio Decisión 833.
  5. Esperar la emisión del código de acogimiento, que vincula al importador con la NSO original.
  6. Mantener actualizado el estatus, ya que cada vez que el titular renueve la NSO, el importador paralelo debe volver a solicitar su acogimiento.

🧴 Beneficios para el importador paralelo

  • No requiere realizar un proceso de notificación sanitaria completo.
  • No requiere autorización del titular de la NSO en Ecuador, solo del fabricante del producto.
  • Puede aprovechar una NSO ya vigente en Ecuador
  • Reduce costos y tiempos de ingreso al mercado ecuatoriano.
  • Permite mayor disponibilidad de productos internacionales con respaldo sanitario.
  • Ahorro de 860 dólares, ya que la tasa es solo de 43 dólares (obtener una NSO nueva tiene un costo de 904 dólares).

⚖️ En resumen

El importador paralelo es una figura legítima y regulada, que permite ampliar la oferta de cosméticos en el mercado ecuatoriano bajo un marco armonizado entre los países andinos.
Cumpliendo con la Decisión 833, la Resolución 2108 y los formatos exigidos por la ARCSA, las empresas pueden acogerse a una NSO existente de forma ágil y segura.

🧩 En ASETECNI te ayudamos

Si deseas acogerte a una NSO existente como importador paralelo, ASETECNI S.A.S. te asesora en todo el proceso: revisión de documentos, declaraciones, y gestión ante ARCSA.

Dr. Rodrigo Cherrez, Mgs

Bioquímico farmacéutico, Magister en nutrición Infantil

Cofundador y CEO

ASETECNI


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